
Convocatoria Oposiciones Secundaria 2023 – Comunidad de Madrid

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Cambios en las Oposiciones de Secundaria. Nuevo Real Decreto 270/2022

Dos mujeres leyendo el nuevo Real Decreto 270-2022
El Ministerio de Educación ha publicado (por fin) el tan esperado y nuevo Real Decreto 270/2022, de 12 de abril, por el que se modifica el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes. Este Real Decreto modifica de manera sustancial los procesos de Oposición-Concurso que históricamente han venido celebrándose, por lo que te recomendamos no perder detalle (tu futuro depende de ello).
Antecedentes
De forma muy resumida, el nuevo Real Decreto:
- Tiene su origen en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre que oficializa la intención de reducir el porcentaje de interinos en la función pública (no sólo en Educación) e indica los procedimientos para ese fin.
- Modifica el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero que determina el Reglamento de los procesos de Oposición-Concurso.
Es decir, que la finalidad principal del nuevo Real Decreto es modificar los procesos de Oposición-Concurso con la intención de reducir la interinidad.

Generalidades
- El Real Decreto se aplica a las convocatorias publicadas después de abril de 2022 y hasta fin de 2024.
- Habrá tres vías de acceso:
- Oposición-Concurso. Acceso Ordinario.
- Oposición-Concurso. Aceso Extraordinario.
- Concurso. Acceso Extraordinario.
Veamos los detalles más importantes de cada una de las vías de acceso.
Vías de acceso
1. Oposición-Concurso. Acceso Ordinario
Esta vía de acceso es la vía ordinaria. Es decir, que los procesos de oposición y concurso son los mismo que en convocatorias anteriores, estando determinados según el Real Decreto 276/2007. En el punto 3 de nuestro artículo «Como ser profesor/a de Física y Química» puedes ver un resumen sobre la estructura de los procesos de oposición y concurso (también pueden interesarte los artículos «¿Qué partes tiene el examen?» y «Cómo es el examen práctico«).
Detalles como las fechas y duración de las pruebas, así como otros detalles menores para esta vía de acceso, deberán hacerse públicos en la convocatoria oficial de cada Comunidad Autónoma.
2. Oposición-Concurso. Acceso Extraordinario
Esta vía de acceso es equivalente a la anterior en cuanto a su estructura, pero introduce algunos cambios significativos que vienen indicados en el nuevo Real Decreto 270/2022:
- Oposición:
- Una única prueba estructurada en dos partes no eliminatorias:
- Parte A: desarrollo de un tema (bajo las mismas condiciones que en la vía de acceso ordinaria).
- Parte B:
- Presentación, exposición y defensa de una única Unidad Didáctica (elegida por el aspirante).
- Ejercicio práctico para especialidades de carácter aplicado o técnico (opcional y a elección de cada Comunidad Autónoma).
- Nota final: nota media ponderada de cada una de las partes.
- Nota final mínima: 5 sobre 10.
- Una única prueba estructurada en dos partes no eliminatorias:
- Concurso:
- Máximo 10 puntos:
- Experiencia previa: máximo 7 puntos. Se tendrá en cuenta un máximo de diez años.
- 0.700 puntos por año de experiencia en centros públicos en la misma especialidad a la que se opta.
- 0.350 puntos por año de experiencia en centros públicos en una especialidad distinta a la que se opta, pero del mismo cuerpo.
- 0.125 puntos por año de experiencia en centros públicos en una especialidad de distinto cuerpo al de la especialidad a la que se opta.
- 0.100 puntos por año de experiencia en otros centros en especialidades del mismo nivel educativo que el de la especialidad a la que se opta.
- Formación académica: máximo 2 puntos.
- Otros méritos: máximo 1 punto.
- 0.75 puntos por «…la superación de la fase de oposición en la misma especialidad (…) en anteriores procedimientos selectivos (…) celebrados desde 2012, incluido.«.
- 1 punto máximo por formación permanente.
- Experiencia previa: máximo 7 puntos. Se tendrá en cuenta un máximo de diez años.
- Máximo 10 puntos:
- La puntuación final de la oposición-concurso se calculará haciendo la media ponderada: 60% fase de Oposición y 40% fase de Concurso.
3. Concurso. Acceso Extraordinario
Esta vía de acceso consta de una única fase de Concurso «de méritos» y no habrá pruebas a superar. Características:
- Máximo 15 puntos:
- Experiencia previa: máximo 7 puntos y se tendrá en cuenta un máximo de diez años.
- 0.700 puntos por año de experiencia en centros públicos en la misma especialidad a la que se opta.
- 0.350 puntos por año de experiencia en centros públicos en una especialidad distinta a la que se opta, pero del mismo cuerpo.
- 0.125 puntos por año de experiencia en centros públicos en una especialidad de distinto cuerpo al de la especialidad a la que se opta.
- 0.100 puntos por año de experiencia en otros centros en especialidades del mismo nivel educativo que el de la especialidad a la que se opta.
- Formación académica: máximo 3 puntos.
- Otros méritos: máximo 5 puntos.
- 2.5 puntos por «…la superación de la fase de oposición en la misma especialidad (…) hasta un máximo de dos procedimientos (…) desde 2012, incluido.«.
- 2 puntos máximo por formación permanente.
- Experiencia previa: máximo 7 puntos y se tendrá en cuenta un máximo de diez años.
- Se celebrará una única convocatoria de esta tipología.
En la siguiente imagen tienes un resumen de las tres vías.
Pulsa sobre la imagen para verla en grande y ¡compártela con tus compañeros!
Fechas clave
Para las vías de acceso extraordinario (vías 2 y 3):
- Publicación de las Ofertas de Empleo: antes del 1 de junio de 2022.
- Publicación de las convocatorias: antes del 31 de diciembre de 2022.
- Finalización de los procesos: antes del 31 de diciembre de 2024.
Para las vías de acceso ordinario no se indica nada en el nuevo Real Decreto y queda a criterio de cada Comunidad Autónoma.
Número de plazas
El número de plazas asignadas a cada una de la vías de acceso extraordinario (vías 2 y 3) depende de los criterios indicados en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre. Esta información tendrá que publicarla cada Comunidad Autónoma dentro de los límites establecidos en dicha ley.
Qué vía elegir
La respuesta es sencilla: TODAS. Según lo que indican los documentos oficiales, un opositor puede optar por las tres vías de acceso, ya que los requisitos son los mismos en todo caso y no se indica que sean mutuamente excluyentes. Tan sólo habría una situación en la que un aspirante no podría optar por las tres vías: si coinciden las fechas de celebración y los actos de presencia obligatorios para diferentes vías.

Conclusiones, comentarios y aclaraciones
- Habrá tres vías de acceso:
- Oposición-Concurso. Acceso Ordinario.
- Oposición-Concurso. Acceso Extraordinario.
- Concurso. Acceso Extraordinario.
- Las convocatorias impuestas por el nuevo Real Decreto (vías 2 y 3) se tendrán que resolver antes de fin de 2024.
- Las Comunidades Autónomas podrán realizar convocatorias ordinarias (vía 1) de forma paralela a las convocatorias extraordinarias impuestas por el Real Decreto (vías 2 y 3) durante el período 2022-2024.
- Se prevé que la convocatoria para secundaria de 2023 (que estaba prevista ya antes de la publicación del nuevo Real Decreto) siga su curso habitual, aunque es probable que el número esperado de plazas ofertadas se vea reducido.
- El nuevo Real Decreto no afecta a las convocatorias ya publicadas, como es el caso de la Comunidad de Madrid.
- El objetivo de la Ley 20/2021 es que las plazas temporales de larga duración ocupadas por interinos pasen a ser ocupadas por funcionarios de carrera.
- El objetivo NO es que los interinos de larga duración pasen a ocupar sus plazas actuales convirtiéndose en funcionarios de carrera.

Consejos finales
- Cautela: el nuevo Real Decreto deja a criterio de cada Comunidad Autónoma decidir algunas cuestiones importantes. Por ejemplo, si habrá prueba práctica en la vía 2 o no.
- Paciencia: las Comunidades Autónomas tendrán que definir y publicar los criterios que aplican en las competencias que les han sido transferidas.
- Preséntate a las tres vías de acceso.
- Céntrate en tus oposiciones:
- Si tienes muchos puntos de méritos y crees que es muy probable que obtengas una plaza por la vía de concurso, estudia y prepárate bien todas las pruebas. Sí, has leído bien. Como se suele decir, no vendas la piel del oso antes de cazarlo, porque no sabes ni cuantas plazas van a salir por esa vía ni cuál es tu posición respecto al resto de opositores.
- Si tienes pocos puntos de méritos y crees que lo tienes muy difícil, estudia y prepárate bien. Recuerda que sigue habiendo una vía ordinaria con las pruebas habituales donde las notas serán más importantes que nunca de cara al concurso puesto que los aspirantes con muchos puntos ya habrán accedido por otras vías y no competirás contra ellos.
- Infórmate a través de fuentes oficiales y contrastables.
Y a ti ¿en qué te afecta este nuevo Real Decreto? ¿Crees que aumenta tus probabilidades de obtener una plaza?
Esperamos tu respuesta en los comentarios. 😉



