Antecedentes
De forma muy resumida, el nuevo Real Decreto:
Es decir, que la finalidad principal del nuevo Real Decreto es modificar los procesos de Oposición-Concurso con la intención de reducir la interinidad.
Generalidades
- El Real Decreto se aplica a las convocatorias publicadas después de abril de 2022 y hasta fin de 2024.
- Habrá tres vías de acceso:
- Oposición-Concurso. Acceso Ordinario.
- Oposición-Concurso. Aceso Extraordinario.
- Concurso. Acceso Extraordinario.
Veamos los detalles más importantes de cada una de las vías de acceso.
Vías de acceso
1. Oposición-Concurso. Acceso Ordinario
Esta vía de acceso es la vía ordinaria. Es decir, que los procesos de oposición y concurso son los mismo que en convocatorias anteriores, estando determinados según el Real Decreto 276/2007. En el punto 3 de nuestro artículo «Como ser profesor/a de Física y Química» puedes ver un resumen sobre la estructura de los procesos de oposición y concurso (también pueden interesarte los artículos «¿Qué partes tiene el examen?» y «Cómo es el examen práctico«).
Detalles como las fechas y duración de las pruebas, así como otros detalles menores para esta vía de acceso, deberán hacerse públicos en la convocatoria oficial de cada Comunidad Autónoma.
2. Oposición-Concurso. Acceso Extraordinario
Esta vía de acceso es equivalente a la anterior en cuanto a su estructura, pero introduce algunos cambios significativos que vienen indicados en el nuevo Real Decreto 270/2022:
- Oposición:
- Una única prueba estructurada en dos partes no eliminatorias:
- Parte A: desarrollo de un tema (bajo las mismas condiciones que en la vía de acceso ordinaria).
- Parte B:
- Presentación, exposición y defensa de una única Unidad Didáctica (elegida por el aspirante).
- Ejercicio práctico para especialidades de carácter aplicado o técnico (opcional y a elección de cada Comunidad Autónoma).
- Nota final: nota media ponderada de cada una de las partes.
- Nota final mínima: 5 sobre 10.
- Concurso:
- Máximo 10 puntos:
- Experiencia previa: máximo 7 puntos. Se tendrá en cuenta un máximo de diez años.
- 0.700 puntos por año de experiencia en centros públicos en la misma especialidad a la que se opta.
- 0.350 puntos por año de experiencia en centros públicos en una especialidad distinta a la que se opta, pero del mismo cuerpo.
- 0.125 puntos por año de experiencia en centros públicos en una especialidad de distinto cuerpo al de la especialidad a la que se opta.
- 0.100 puntos por año de experiencia en otros centros en especialidades del mismo nivel educativo que el de la especialidad a la que se opta.
- Formación académica: máximo 2 puntos.
- Otros méritos: máximo 1 punto.
- 0.75 puntos por «…la superación de la fase de oposición en la misma especialidad (…) en anteriores procedimientos selectivos (…) celebrados desde 2012, incluido.«.
- 1 punto máximo por formación permanente.
- La puntuación final de la oposición-concurso se calculará haciendo la media ponderada: 60% fase de Oposición y 40% fase de Concurso.
3. Concurso. Acceso Extraordinario
Esta vía de acceso consta de una única fase de Concurso «de méritos» y no habrá pruebas a superar. Características:
- Máximo 15 puntos:
- Experiencia previa: máximo 7 puntos y se tendrá en cuenta un máximo de diez años.
- 0.700 puntos por año de experiencia en centros públicos en la misma especialidad a la que se opta.
- 0.350 puntos por año de experiencia en centros públicos en una especialidad distinta a la que se opta, pero del mismo cuerpo.
- 0.125 puntos por año de experiencia en centros públicos en una especialidad de distinto cuerpo al de la especialidad a la que se opta.
- 0.100 puntos por año de experiencia en otros centros en especialidades del mismo nivel educativo que el de la especialidad a la que se opta.
- Formación académica: máximo 3 puntos.
- Otros méritos: máximo 5 puntos.
- 2.5 puntos por «…la superación de la fase de oposición en la misma especialidad (…) hasta un máximo de dos procedimientos (…) desde 2012, incluido.«.
- 2 puntos máximo por formación permanente.
- Se celebrará una única convocatoria de esta tipología.
En la siguiente imagen tienes un resumen de las tres vías.
Pulsa sobre la imagen para verla en grande y ¡compártela con tus compañeros!
Fechas clave
Para las vías de acceso extraordinario (vías 2 y 3):
- Publicación de las Ofertas de Empleo: antes del 1 de junio de 2022.
- Publicación de las convocatorias: antes del 31 de diciembre de 2022.
- Finalización de los procesos: antes del 31 de diciembre de 2024.
Para las vías de acceso ordinario no se indica nada en el nuevo Real Decreto y queda a criterio de cada Comunidad Autónoma.
Número de plazas
El número de plazas asignadas a cada una de la vías de acceso extraordinario (vías 2 y 3) depende de los criterios indicados en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre. Esta información tendrá que publicarla cada Comunidad Autónoma dentro de los límites establecidos en dicha ley.
Qué vía elegir
La respuesta es sencilla: TODAS. Según lo que indican los documentos oficiales, un opositor puede optar por las tres vías de acceso, ya que los requisitos son los mismos en todo caso y no se indica que sean mutuamente excluyentes. Tan sólo habría una situación en la que un aspirante no podría optar por las tres vías: si coinciden las fechas de celebración y los actos de presencia obligatorios para diferentes vías.